Misión
Controlar y vigilar el cumplimiento de los deberes de las personas servidoras judiciales activas y de quienes conformen las listas de integrantes de las listas de suplentes, elegibles y meritorias (Ley 10905, denominada "Régimen Sancionador de Personas Servidoras e Integrantes de Listas de Suplentes, Elegibles y Meritorias del Poder Judicial"), mediante una investigación apegada a los principios rectores, el debido proceso y una resolución objetiva, imparcial y transparente conforme el ordenamiento jurídico aplicable a cada caso concreto.
Orientado a mejorar la responsabilidad funcional, la mejora continua, el servicio público y fortalecer la confianza de la ciudadanía.
Visión
Preservar un órgano disciplinario altamente eficiente, confiable, profesional, transparente, independiente y objetivo en el ejercicio de sus funciones.
Contribuir con el fortalecimiento de la integridad de la población judicial, mediante una gestión disciplinaria oportuna, responsable y sustentada en el debido proceso, en aras de garantizar a la ciudadanía un servicio público confiable y eficiente.
Objetivo General
La presente ley tiene por objeto regular el régimen disciplinario aplicable a las personas servidoras y el régimen sancionador a integrantes de listas de suplentes, elegibles y meritorias del Poder Judicial, sin nombramiento activo, con el fin de garantizar a la ciudadanía una correcta y proba administración de justicia, mediante un procedimiento administrativo sancionador eficaz, respetando el debido proceso.
Objetivos Específicos
Simplificación y celeridad de los procesos sancionadores
Garantizar la objetividad del proceso mediante la verificación de la verdad real de los hechos objeto del proceso.
Justicia como servicio público de calidad
Asegurar a la persona usuaria un servicio ágil y eficiente desde la formulación de la denuncia y hasta el dictado del acto final.
Cumplimiento de los deberes
Sancionar toda conducta u omisión que pudiere corresponder a actos de corrupción con el fin de obtener ilícitamente beneficios para sí mismo o un tercero.



